El Gobierno no ha aplazado las declaraciones periódicas trimestrales, por lo que en las que corresponden al primer trimestre de 2020 se han de presentar antes del próximo día 20 de abril (15 de abril, para las domiciliaciones bancarias)
Por eso, aun reconociendo el alivio que generan algunas de las medidas aprobadas como la flexibilización de ERTEs, las relacionadas con las cuotas de autónomos, las facilidades para aplazar el pago de las autoliquidaciones tributarias de las pymes que resulten a ingresar o la ampliación de determinados plazos tributarios, los asesores fiscales, con nuestro colegio como portavoz, hemos demandado en reiteradas ocasiones la petición de ampliación de los plazos de las autoliquidaciones tributarias, las declaraciones informativas, y la modificación de los plazos del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre Sociedades.
Después de la comparecencia de la ministra portavoz, que, a su vez, también es ministra de Hacienda, todo parece indicar que continúa la falta de sensibilidad del Ministerio con empresas y profesionales tras manifestar su oposición a la ampliación de plazos de las autoliquidaciones tributarias, lo que sería especialmente importante para aquellos que, a duras penas, están intentado mantener la actividad, al facilitarles algo de liquidez.
El mantenimiento de los plazos tributarios hace necesario realizar un nuevo esfuerzo adicional, ya que, aunque te hayas visto obligado a suspender tu actividad, tus obligaciones fiscales se mantienen como si nada hubiera pasado.
Desde nuestro despacho asumimos y fomentamos el compromiso responsable #QuedateEnCasa y ponemos a disposición de nuestros clientes el envío de información y documentos por medios digitales (email, área de clientes exclusiva en nuestra web consul.tax/mi-cuenta ) o a través de nuestro nuevo servicio de mensajería puerta a puerta.
Los plazos tributarios que finalizan el próximo 20 de abril (15 de abril máximo para domiciliar) son los siguientes:
[tabs slidertype=»top tabs»] [tabcontainer] [tabtext]Modelo 202[/tabtext] [tabtext]Modelo 130[/tabtext] [tabtext]Modelo 131[/tabtext] [tabtext]Modelo 303[/tabtext] [tabtext]Modelo 101[/tabtext] [/tabcontainer] [tabcontent] [tab]Pago fraccionado Sociedades[/tab] [tab]Pago fraccionado Renta. Estimación Directa[/tab] [tab]Pago fraccionado Renta. Estimación Objetiva[/tab] [tab]IVA[/tab] [tab]Retenciones e ingresos a cuenta rendimientos del trabajo y actividades económicas[/tab] [/tabcontent] [/tabs]
Hemos de recordarles que existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento de pagos tributarios que ha concedido el Gobierno a los autónomos y pymes, que podrán pedir una prórroga de hasta seis meses en el pago de impuestos por un valor máximo de 30.000 euros. Durante los tres primeros meses tendrán carencia de intereses, pero sí se cobrarán a partir del cuarto mes.
Si necesitas ayuda con tus declaraciones fiscales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En Consultax estaremos encantados de atenderte. https://consult.tax/contacto/
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