Se mantienen en vigor los plazos
La Agencia Tributaria en un primer momento anunció a los contribuyentes que era inminente un cambio normativo que en el que se ampliaría los plazos de pago de impuestos, hoy ha aclarado que se mantienen en vigor todos los plazos de los procedimientos tributarios pese a la declaración del estado de alarma por la crisis del coronavirus.
Estatus especial de los procedimientos tributarios
A través de su página web, la Agencia Tributaria señala el estatus especial que tienen los procedimientos tributarios, por lo que la suspensión de todos los plazos del sector público aprobada en el real decreto del estado de alarma no afecta a los impuestos.
La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial», explica la Agencia Tributaria.
Se ha de cumplir con los plazos legales
Esto significa que los contribuyentes tendrán que cumplir los plazos legales para presentar las declaraciones y realizar las autoliquidaciones a la Hacienda Pública. Aclarando así la duda que surgió el sábado cuando el Gobierno paralizó todos los procedimientos administrativos con el establecimiento del estado de alarma y anunciando que habría un cambio inminente para prolongar los plazos tributarios.
El estado de alarma no afecta a los plazos de las declaraciones
La Agencia Tributaria remarca que, «especialmente», la suspensión de procedimientos no afectará a los plazos para presentar las declaraciones y realizar las autoliquidaciones a la Hacienda Pública. Todos los contribuyentes deberán seguir contribuyendo aunque puedan existir problemas logísticos por las medidas de aislamiento adoptadas en los últimos días.
Esta comunicación es muy relevante para todos, ya que se aproxima el final del trimestre y están ya próximas las liquidaciones del IVA y el abono del primer pago fraccionado del impuesto sobre sociedades.
Prórroga de 6 meses para pymes y autónomos
Por el momento, el único aplazamiento de pagos tributarios que ha concedido el Gobierno es el de los autónomos y pymes, que podrán pedir una prórroga de hasta seis meses en el pago de impuestos por un valor máximo de 30.000 euros. Durante los tres primeros meses tendrán carencia de intereses, pero sí se cobrarán a partir del cuarto mes.
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