Ya sabemos los plazos definitivos para la formulación, aprobación y depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2019, a realizar en 2020.
El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo ha desvinculado del fin del estado de alarma la reanudación de los plazos societarios suspendidos por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
En consecuencia, nos queda el 30 de noviembre de 2020 como fecha límite para depositar las cuentas anuales de 2019 en plazo siempre que la aprobación de las cuentas se hubiera realizado el último día del plazo fijado, esto es, el 31 de octubre de 2020, dos meses después de terminar el plazo de tres meses para formular las cuentas anuales.
De esta manera, el 1 de junio de 2020 se ha convertido en la fecha clave a tener en cuenta a efectos de plazos ya que el Real Decreto-ley 19/2020 establece esta fecha como fin de la suspensión de los plazos para formular y aprobar las cuentas anuales. Esto quiere decir que a partir de esa fecha comienzan de nuevo a contar los plazos de presentación.
Si necesitas ayuda para conocer tu situación o con tus declaraciones fiscales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En Consultax estaremos encantados de atenderte. https://consult.tax/contacto/
Deja una respuesta
Debes estar conectado para dejar un comentario.