¿Qué entendemos por gastos deducibles?
Son aquellos gastos relacionados con la actividad económica de un empresario. Te los podrás deducir cómo gasto en el IRPF y/o en otros casos desgravarte el IVA, siempre y cuando dispongas de la factura.
Para que Hacienda considere el IVA de un gasto deducible, éste tiene que:
- Estar vinculado a la actividad
- Estar justificado mediante una factura en la que se incluyan tus datos y los del proveedor (nombre, DNI, dirección)
- Estar registrado de forma contable en el libro de ingresos y gastos
Para que sea considerado sea deducible en el IRPF:
- Deben estar relacionados con la actividad
- Deben estar justificados mediante factura
- Solicitar factura cada vez que realizamos algún gasto
- Deberán estar registrados en el libro contable
- Estar imputados al ejercicio contable donde se hayan generado
¿Qué gastos son deducibles para los autónomos?
Compra de mercaderías y materias primas
Si compras materias para producir tus propios productos o artesanía podrás deducir el gasto en la compra de estos y el IVA pagado en la compraventa. Es importante mantener un cierto control de stocks para saber la entrada y salida de mercaderías por si Hacienda solicitara su justificación.
Arrendamiento y gastos de oficina
Deberás declarar en tu modelo 037 o declaración censal que realizas la actividad en este domicilio. De esta forma, se declara como afecto a la actividad.
En la factura del alquiler pagarás IVA, por lo que este IVA que está relacionado con tu actividad es deducible. También es deducible como gasto para el IRPF.
Suministros o gastos fijos
En caso de trabajar en un local afecto a la actividad, todas estas facturas son deducibles al 100%, tanto en IVA como en IRPF. Hablamos de las facturas de la luz, internet, agua, etc.
Material de oficina
Todo el material que necesites para desarrollar tu actividad (folios, bolígrafos, carpetas…). Presentando la factura podrás deducirte el IVA y como gasto para el IRPF.
Gasolina
Podrás deducirte la gasolina consumida durante tu actividad profesional en ciertos casos. Lo normal es un 50% para el IVA si no puedes demostrar que su uso es exclusivo para la actividad. De lo contrario tendría que demostrar que ese vehículo solo lo utilizas para trabajar.
Si eres agente comercial y utilizas un vehículo en exclusiva para ello podrías deducirla, así como si te dedicas al transporte y tu vehículo está afecto al 100%.
Dietas y viajes de negocios
Si te ves obligado a comer fuera durante el desarrollo de tu actividad podrás deducirte el gasto conforme a unos ciertos límites, los cuales son distintos si te encuentras en tu municipio o país o no. Las dietas que proceden de los viajes de negocios para captar a nuevos clientes o acudir a congresos también son deducibles. El hecho de acudir a ferias, eventos del sector, aunque sean en tu ciudad también pueden deducirse.
Productos informáticos
Un ordenador es algo básico para cualquier autónomo, al igual que muchos de sus accesorios informáticos (impresores, usb…). Pide la factura siempre.
Se puede calcular la amortización en caso de tratarse de un activo al superar el límite de 300 euros. Si supera además los 3005 euros, se trata de un bien de inversión a efectos del IVA por lo que habrá que declararlo en una casilla concreta en el modelo 303.
Coche y transporte
Para que la compra de un vehículo sea deducible, deberás demostrar que el uso es exclusivo para la actividad. Si dejas de ser autónomo antes de 5 años deberás regularizar la deducción de IVA que realizaste en el momento de la compra.
El parking mientras estás desarrollando tu actividad profesional es deducible para IVA.
Móvil y factura
Tanto el aparato en sí que utilices en tu actividad profesional como la factura, entran también como gastos deducibles si los dedicas de forma exclusiva a ello, para ello deberás demostrar que tienes otro teléfono a tu nombre para su uso personal.
Asesoría y personal externo
Si cuentas con asesoramiento externo, ya sea una asesoría o cualquier otro tipo de profesional también puedes deducirlo como gasto.
Cuota de autónomo
La cuota de autónomo, puedes incluirlo entre los gastos a deducir. Si abonas este gasto mediante una mutua como el caso de ingenieros, abogados, etc tiene el mismo trato fiscal.
Formación
Todos los gastos de cualquier actividad destinada a tu formación o a la de tus trabajadores puedes incluirla como gasto deducible.
Gastos de personal
Formación, dietas, pagas extraordinarias, premios, viajes de trabajo, seguros de accidentes o indemnizaciones por rescisión de contrato. Todo lo relacionado con el personal que tengas contratado.
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