Cuando Hacienda detecta que una empresa tiene contabilizada una deuda inexistente, puede imputarle una renta no declarada y hacerla tributar por ella en su Impuesto sobre Sociedades (IS). Esto puede resultar en sanciones significativas y en intereses de demora. En este artículo, te explicamos cómo actuar en estos casos y qué medidas tomar para proteger tu empresa.

Riesgo Fiscal y Renta No Declarada
Las empresas que arrastran saldos de proveedores o acreedores durante años pueden enfrentar un riesgo fiscal considerable. Si Hacienda descubre que estas deudas no son reales durante una inspección, puede considerar que corresponden a rentas no declaradas. Esto significa que la empresa deberá tributar por ese importe, incrementando la cuota del IS y enfrentando sanciones e intereses de demora.
Período Más Antiguo No Prescrito
En estos supuestos, Hacienda presumirá que las rentas no declaradas proceden del período más antiguo de entre los no prescritos. Por ejemplo, si la inspección ocurre en junio de 2024, imputará las rentas no declaradas al ejercicio 2019, dado que es el último cuyo plazo voluntario de presentación del IS todavía no ha prescrito.
Cómo Oponerse a la Regularización de Hacienda
Para evitar la regularización, la empresa debe desvirtuar la presunción de Hacienda aportando pruebas que demuestren que las rentas fueron declaradas o que se obtuvieron en ejercicios ya prescritos. A continuación, detallamos algunos ejemplos de pruebas según diferentes escenarios:
Caso 1: Deducción de Gastos No Reales
Este es uno de los casos más habituales, donde una empresa contabiliza gastos inexistentes para disminuir la tributación, con contrapartida a una cuenta a pagar que se mantiene en el balance por años. En este caso, la empresa puede evitar la regularización presentando el libro diario debidamente legalizado y acreditando que el asiento de contabilización de la deuda y del gasto se efectuó en un ejercicio prescrito.
Caso 2: Pagos en B
Otra situación común ocurre cuando una empresa paga con dinero B un servicio real, sin eliminar la cuenta de la deuda. Aquí, la renta oculta son los ingresos no declarados utilizados para pagar la deuda. Para justificar que el pago se produjo en un ejercicio prescrito, la empresa puede presentar un recibo firmado por el proveedor, una declaración escrita del proveedor afirmando haber cobrado en un ejercicio prescrito o un extracto de la contabilidad del proveedor.
Caso 3: Deuda con Socios
Este caso se da cuando una empresa no declara ventas realizadas y después utiliza el excedente de tesorería o algún activo adquirido con ese dinero contra una cuenta acreedora de socios. Similar al caso anterior, puede no ser suficiente justificar que la deuda se contabilizó en un ejercicio prescrito. Hacienda exigirá pruebas adicionales, como albaranes de entrega en caso de venta de mercancías, para demostrar que las ventas no declaradas corresponden a un ejercicio prescrito.
Recopilación de Pruebas
Es fundamental recopilar todas las pruebas necesarias para demostrar a Hacienda que las rentas no declaradas debieron haberse imputado a un ejercicio ya prescrito. De esta manera, la empresa no deberá tributar por dichas rentas en su IS. Mantener una contabilidad clara y ordenada, así como tener todos los documentos respaldatorios al día, es crucial para enfrentar cualquier inspección de Hacienda con confianza.
Enfrentar una inspección de Hacienda puede ser un desafío significativo para cualquier empresa, especialmente si se trata de pasivos ficticios. Sin embargo, con una adecuada preparación y recopilación de pruebas, es posible desvirtuar las presunciones de Hacienda y evitar sanciones y cargos adicionales. Mantén siempre tus registros contables en orden y asegúrate de que todos los movimientos financieros estén debidamente justificados y documentados. Con estos pasos, protegerás a tu empresa de riesgos fiscales y podrás operar con mayor tranquilidad.
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