La deducción íntegra del IVA y los gastos de un vehículo es uno de los anhelos más comunes entre autónomos y pequeñas empresas. Y no es para menos: hablamos de un activo de uso diario que representa un coste elevado y recurrente. Pero ¿qué dice la normativa? ¿Y cómo se puede demostrar ante Hacienda que el uso es estrictamente profesional?
La ley es clara… y ambigua. Según la normativa vigente, solo se puede deducir el 100% del IVA de un vehículo si está afectado en exclusiva a la actividad económica. Si no, la deducción se limita al 50%, presumiéndose un uso mixto (profesional y privado). El problema está en que demostrar esa exclusividad no es nada fácil, y Hacienda suele mirar con lupa estas deducciones.

¿Qué pruebas acepta Hacienda?
La reciente doctrina administrativa y jurisprudencial señala que la carga de la prueba recae íntegramente sobre el contribuyente. No basta con declarar que el vehículo se usa solo para el negocio; hay que demostrarlo con hechos:
- Contratos con clientes que justifiquen desplazamientos frecuentes.
- Registro detallado del kilometraje (con cuaderno de bitácora, por ejemplo).
- Parking o garaje exclusivo en el centro de trabajo.
- Rótulos visibles en el vehículo con la imagen de la empresa.
- Prohibición contractual o legal de usar el vehículo fuera del horario laboral.
Incluso se pueden aportar tickets de peaje, informes de geolocalización o facturas de combustible asociadas a trayectos profesionales.
¿Qué vehículos lo tienen más fácil?
La Agencia Tributaria es más receptiva a admitir la afectación exclusiva en casos concretos, como:
- Vehículos industriales, furgonetas o camiones sin asientos traseros.
- Vehículos utilizados por agentes comerciales que visitan clientes a diario.
- Profesionales de oficios técnicos (electricistas, fontaneros, repartidores…).
- Taxis, autoescuelas y servicios de transporte de personas.
En cambio, los turismos convencionales son más difíciles de justificar, especialmente si se utilizan desde el domicilio o no existe un lugar físico de trabajo diferenciado.

¿Y si no se puede justificar?
En la mayoría de los casos, lo prudente es deducir solo el 50% del IVA, como permite la ley por defecto. Aunque esto suponga un coste fiscal mayor, evita riesgos en caso de inspección. Una deducción íntegra mal fundamentada puede acarrear sanciones importantes, intereses de demora y una revisión de toda la contabilidad.
El papel de una buena planificación fiscal
Desde Consultax, hemos visto de todo: desde arquitectos que logran demostrar que su todoterreno es una herramienta de trabajo, hasta autónomos del sector turístico que combinan con éxito sus desplazamientos profesionales con una flota afectada al 100%.
La clave está en el asesoramiento personalizado y proactivo, adaptado al tipo de actividad y al uso real del vehículo. Muchas veces, planificar adecuadamente una inversión o cómo se va a documentar el uso profesional puede marcar la diferencia entre ahorrar impuestos o acabar en el punto de mira de Hacienda.
En definitiva, sí: es posible demostrar la afectación exclusiva del vehículo a la actividad empresarial, pero requiere previsión, pruebas sólidas y coherencia documental. Si tienes dudas sobre tu caso concreto o estás pensando en adquirir un vehículo para tu negocio, lo mejor es consultar con un especialista.
