Para registrar un arrendamiento rústico lo primero que hay que hacer es liquidar el Impuesto de actos jurídicos documentados y luego llevarlo al Registro de Arrendamientos.
De acuerdo con el artículo 102 del Reglamento del ITP y AJD, el plazo para la presentación del modelo 600 junto con los documentos oportunos será de 30 días hábiles desde la fecha de la firma que conste en el contrato. Fuera de este plazo, podrá presentarse en Hacienda, pero impondrá una sanción.
Junto con el modelo 600 hay que llevar a Hacienda (servicio territorial de Hacienda de cada CCAA/delegación provincial) el contrato de arrendamiento rústico original y una copia.
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